1. Las entidades que integran el sector público institucional están sometidas en su actuación a los principios: (Tema: 9 - Preg.: 1)
a) De legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y transparencia en la gestión. (a)
b) De legalidad, eficiencia, eficacia, oportunidad, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y transparencia en la gestión. (d)
c) De legalidad, eficiencia, oportunidad, estabilidad presupuestaria y transparencia en la gestión. (c)
d) De legalidad, eficacia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y transparencia en la gestión. (b)
2. No forman parte del sector público institucional: (Tema: 9 - Preg.: 2)
a) Las sociedades mercantiles. (d)
b) Las entidades públicas empresariales. (c)
c) Los cabildos insulares. (a)
d) Los consorcios. (b)
3. Las entidades que integran el sector público institucional, en materia de personal, deben sujetarse: (Tema: 9 - Preg.: 3)
a) A las limitaciones presupuestarias que marque su órgano de dirección. (d)
b) A las limitaciones presupuestarias previstas en la normativa presupuestaria y en las previsiones anuales de los presupuestos generales. (a)
c) A las limitaciones presupuestarias previstas en la normativa presupuestaria y en las previsiones anuales de los presupuestos generales, con excepción del personal laboral. (b)
d) A las limitaciones presupuestarias previstas en el presupuesto de cada ente. (c)
4. Indique la respuesta correcta: (Tema: 9 - Preg.: 4)
a) Todas las administraciones públicas deben establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes que tengan personal funcionario. (b)
b) Todas las administraciones públicas deben establecer un sistema de supervisión bianual de sus entidades dependientes. (d)
c) Todas las administraciones públicas deben establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes que tengan personal laboral. (c)
d) Todas las administraciones públicas deben establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes. (a)
5. El inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local se configura como un registro público administrativo que garantiza: (Tema: 9 - Preg.: 5)
a) La información pública de todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. (d)
b) La información y ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional de carácter administrativo. (c)
c) La ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. (b)
d) La información pública y la ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. (a)
6. Será inscrita en el inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local: (Tema: 9 - Preg.: 6)
a) La creación, transformación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional de carácter administrativo. (b)
b) La creación, transformación o fusión de cualquier entidad integrante del sector público institucional. (c)
c) La creación, transformación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional. (a)
d) La creación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional. (d)
7. Corresponde notificar, a través de la Intervención General de la Administración correspondiente, la información necesaria para la inscripción definitiva de una entidad en el inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local: (Tema: 9 - Preg.: 7)
a) Al órgano competente en materia del sector público de la administración correspondiente. (c)
b) Al titular de máximo órgano de dirección de la entidad. (a)
c) Al órgano competente en materia de hacienda de la administración correspondiente. (b)
d) En el órgano de gobierno de la administración correspondiente. (d)
8. Los consorcios del sector público institucional pueden llevar a cabo actividades: (Tema: 9 - Preg.: 8)
a) Prestacionales o de gestión común de servicios públicos y cuantas otras estén previstas en las leyes. (c)
b) De fomento, prestacionales o de gestión común de servicios públicos y todas las demás que estén previstas en las leyes. (a)
c) De fomento, o de gestión común de servicios públicos y cuantas otras estén previstas en las leyes del sector público instrumental fundacional. (b)
d) De fomento, prestacionales y de gestión común de servicios públicos. (d)
9. El personal de los consorcios puede ser: (Tema: 9 - Preg.: 9)
a) Funcionario, laboral y eventual. (d)
b) Únicamente laboral. (c)
c) Únicamente funcionario. (b)
d) Funcionario o laboral. (a)
10. Cualquier cambio de adscripción de un consorcio del sector público institucional en una administración pública supone: (Tema: 9 - Preg.: 10)
a) La modificación de los estatutos en un plazo no superior a tres meses, contadores desde el inicio del ejercicio presupuestario en que se produjo el cambio de adscripción. (d)
b) La modificación de los estatutos en un plazo no superior a cuatro meses, contadores desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se produjo el cambio de adscripción. (a)
c) La modificación de los estatutos en un plazo no superior a seis meses, contadores desde el inicio del ejercicio presupuestario en que se produjo el cambio de adscripción. (c)
d) La modificación de los estatutos en un plazo no superior a seis meses, contadores desde el inicio del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se produjo el cambio de adscripción. (b)
11. Los consorcios del sector público institucional se crean: (Tema: 9 - Preg.: 11)
a) Mediante real decreto ley. (d)
b) Mediante acuerdo del máximo órgano de gobierno de las entidades participantes. (c)
c) Mediante un convenio suscrito por las administraciones, los organismos públicos o las entidades participantes. (a)
d) Mediante ley habilitante. (b)
12. El protectorado de las fundaciones del sector público lo ejerce: (Tema: 9 - Preg.: 12)
a) El ministerio competente en materia de hacienda y presupuestos. (b)
b) En las comunidades autónomas, la delegación del Gobierno. (c)
c) El órgano de la Administración de adscripción que tenga atribuida esta competencia. (a)
d) El órgano de la Administración de adscripción competente en materia del sector público. (d)
13. Las fundaciones del sector público institucional quedan adscritas, para cada ejercicio presupuestario y por todo este período. en la Administración pública: (Tema: 9 - Preg.: 13)
a) Que tenga facultades para destituir a una cuarta parte de los miembros del patronato. (d)
b) Que tenga mayoría para nombrar a un tercio de los miembros del patronato. (c)
c) Que tenga facultades para nombrar a un tercio de la mayoría del personal directivo. (b)
d) Que disponga de mayoría de patrones. (a)
14. No forman parte de la Administración corporativa: (Tema: 9 - Preg.: 14)
a) Las cámaras de comercio, industria y navegación. (c)
b) Los colegios profesionales. (b)
c) Las fundaciones públicas. (a)
d) Las cámaras de la propiedad urbana. (d)
15. En materia de corporaciones de derecho público, representativas de intereses económicos y profesionales, a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears le corresponde: (Tema: 9 - Preg.: 15)
a) La competencia exclusiva. (c)
b) No goza de ningún tipo de competencia sobre esta materia. (d)
c) El desarrollo legislativo y la ejecución. (a)
d) La función ejecutiva. (b)
16. Los colegios profesionales: (Tema: 9 - Preg.: 16)
a) Carecen de personalidad jurídica. (d)
b) Se crean por decreto. (c)
c) Son corporaciones de derecho público. (a)
d) Son corporaciones de derecho privado. (b)
17. El artículo 36 de la Constitución española señala: (Tema: 9 - Preg.: 17)
a) Que la ley regulará las características y el funcionamiento de la Administración corporativa. (d)
b) Que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas y las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. (b)
c) Que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. (a)
d) Que la ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. (c)
18. En relación con los colegios profesionales, indique la respuesta incorrecta: (Tema: 9 - Preg.: 18)
a) Cuando una profesión se organice por colegios territoriales, bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio español. (b)
b) Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones estar incorporado en el colegio profesional que corresponda cuando así lo establezca una ley estatal. (c)
c) La creación de los colegios profesionales se realiza mediante ley. (d)
d) Tiene derecho a ser admitido en el colegio profesional que corresponda quien disponga de la titulación requerida. (a)
19. La cuota de inscripción o colegiación en un colegio profesional: (Tema: 9 - Preg.: 19)
a) No podrá superar del doble los costes asociados a la tramitación de la inscripción. (c)
b) No está limitada. (b)
c) No puede superar los costes asociados a la tramitación de la inscripción. (a)
d) Es gratuita. (d)
20. Los colegios profesionales adquieren la personalidad jurídica desde el momento: (Tema: 9 - Preg.: 20)
a) En qué se constituyen sus órganos de gobierno. (a)
b) De la publicación de la norma de creación en el boletín oficial. (b)
c) De la publicación de los estatutos. (c)
d) De la aprobación de los estatutos. (d)
21. No corresponde a los colegios profesionales: (Tema: 9 - Preg.: 21)
a) Participar en la elaboración de planes de estudio y emitir informes sobre las normas de organización de los centros docentes correspondientes a las respectivas profesiones. (c)
b) Aprobar la fusión y absorción de colegios profesionales de la misma profesión. (a)
c) Estar representados en los patronatos universitarios. (d)
d) Emitir informes en los procedimientos judiciales en los que se discutan honorarios profesionales. (b)
22. En su ámbito territorial, son funciones de los colegios profesionales: (Tema: 9 - Preg.: 22)
a) Asumir la representación de los profesionales españoles ante las entidades similares de otras naciones de los centros docentes correspondientes a las respectivas profesiones. (c)
b) Ejercer las funciones disciplinarias de los miembros de las juntas de gobierno de los colegios. (d)
c) Elaborar los estatutos generales de los colegios. (b)
d) Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional. (a)
23. Las cámaras de comercio, industria y navegación son corporaciones de derecho público con personalidad jurídica que se configuran: (Tema: 9 - Preg.: 23)
a) Como órganos de participación, debate y coordinación con las administraciones públicas. (d)
b) Como órganos consultivos y de colaboración con las administraciones públicas. (a)
c) Como órganos de debate y coordinación con las administraciones públicas. (c)
d) Como órganos consultivos y de coordinación con las administraciones públicas. (b)
24. El personal de las cámaras de comercio, industria y navegación es: (Tema: 9 - Preg.: 24)
a) No tienen personal. (d)
b) Personal funcionario. (c)
c) Personal laboral y personal funcionario. (b)
d) Personal laboral. (a)
25. Los consorcios del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares forman parte: (Tema: 9 - Preg.: 25)
a) Del sector público instrumental corporativo. (d)
b) Del sector público instrumental empresarial. (b)
c) Del sector público instrumental fundacional. (c)
d) Del sector público instrumental administrativo. (a)
26. Las entidades que integran el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares están sometidas a los principios: (Tema: 9 - Preg.: 26)
a) De legalidad, servicio al interés general, eficiencia, transparencia y estabilidad. (d)
b) De legalidad, servicio al interés general, eficacia, eficiencia, estabilidad y transparencia. (a)
c) De legalidad, eficacia, estabilidad presupuestaria y eficiencia. (b)
d) De legalidad, evaluación y responsabilidad en la gestión, servicio al interés general y estabilidad. (c)
27. Las sociedades mercantiles públicas del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma son: (Tema: 9 - Preg.: 27)
a) Organismos de titularidad pública de naturaleza institucional con personificación privada. (a)
b) Ente de naturaleza corporativa. (d)
c) Organismos de titularidad pública de naturaleza institucional con personificación pública. (c)
d) Organismos públicos de naturaleza institucional con personificación pública. (b)
28. El nombramiento de las personas titulares de la gerencia y de los demás órganos unipersonales de dirección de los organismos autónomos corresponde: (Tema: 9 - Preg.: 28)
a) En el consejo de dirección del organismo autónomo, mediante acuerdo. (d)
b) Al consejero de adscripción del organismo autónomo mediante resolución. (c)
c) En el Consejo de Gobierno, mediante decreto. (b)
d) Al Consejo de Gobierno, mediante acuerdo. (a)
29. A los titulares de la gerencia y de los demás órganos de dirección de los entes del sector público instrumental les es de aplicación la normativa reguladora del régimen de incompatibilidades: (Tema: 9 - Preg.: 29)
a) Del personal alto cargo de la Administración General del Estado. (c)
b) De los miembros del Gobierno y de los altos cargos. (a)
c) Del Estatuto de los trabajadores. (d)
d) Del personal al servicio de las administraciones públicas. (b)
30. Los organismos públicos del sector instrumental autonómico se clasifican: (Tema: 9 - Preg.: 30)
a) En organismos autónomas y entidades públicas empresariales. (a)
b) En organismos autónomas y agencias públicas. (d)
c) En organismos autónomos, entidades públicas empresariales y consorcios. (c)
d) En organismos autónomos y consorcios. (b)
31. La creación de los organismos públicos del sector instrumental autonómico debe realizarse: (Tema: 9 - Preg.: 31)
a) Mediante resolución del consejero a la que se adscribe el ente. (d)
b) Mediante decreto del presidente de las Illes Balears. (c)
c) Mediante una ley. (a)
d) Mediante decreto del Consejo de Gobierno. (b)
32. Los organismos autónomos del sector instrumental autonómico se adscriben a una consejería a la que corresponde: (Tema: 9 - Preg.: 32)
a) La dirección y control de los resultados de su actividad. (b)
b) La aprobación de los estatutos y sus modificaciones. (c)
c) La dirección, la evaluación y el control de los resultados de su actividad. (a)
d) La aprobación de la extinción del organismo. (d)
33. El personal al servicio de los organismos autónomos del sector público instrumental autonómico: (Tema: 9 - Preg.: 33)
a) Depende orgánicamente de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública y funcionalmente del órgano superior unipersonal de dirección del organismo autónomo. (a)
b) Depende orgánica y funcionalmente del consejero titular de la consejería de adscripción del ente. (d)
c) Depende orgánica y funcionalmente de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública. (b)
d) Depende orgánica y funcionalmente del órgano superior unipersonal de dirección del organismo autónomo. (c)
34. Indique la respuesta incorrecta. El personal al servicio de las entidades públicas empresariales del sector público instrumental autonómico puede ser: (Tema: 9 - Preg.: 34)
a) Personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma o de los organismos autónomos que le sea adscrito. (c)
b) Personal laboral de otras administraciones que le sea adscrito. (a)
c) Personal funcionario de cualquier administración publica que se incorpore por cualquier procedimiento de provisión u ocupación de puestos de trabajo. (d)
d) Personal laboral propio. (b)
35. Los organismos de naturaleza privada de titularidad pública del sector público instrumental autonómico: (Tema: 9 - Preg.: 35)
a) Tienen personalidad jurídica privada y pueden ejercer potestades administrativas. (c)
b) Tienen personalidad jurídica privada y en ningún caso pueden ejercer potestades administrativas. (a)
c) Tienen personalidad jurídica mixta y en ningún caso pueden ejercer potestades administrativas. (d)
d) Tienen personalidad jurídica pública pero no pueden ejercer potestades administrativas. (b)
36. El personal al servicio de los organismos de naturaleza privada del sector público instrumental autonómico es: (Tema: 9 - Preg.: 36)
a) Personal laboral. (a)
b) Personal laboral adscrito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. (c)
d) Personal laboral de otras administraciones. (d)
37. El acuerdo de creación de una sociedad mercantil pública del sector público instrumental autonómico debe adoptarse: (Tema: 9 - Preg.: 37)
a) A propuesta de la consejería interesada y con un informe preceptivo de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos. (a)
b) A propuesta de la consejería interesada y con un informe vinculante de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos. (b)
c) A propuesta del Consejo de Gobierno y con un informe preceptivo de la conserjería competente en materia de hacienda y presupuestos. (c)
d) A propuesta de la consejería interesada y con un informe de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos y un informe de la consejería competente en materia de función pública. (d)
38. Los estatutos de las sociedades mercantiles públicas del sector público instrumental autonómico: (Tema: 9 - Preg.: 38)
a) Se elevarán al Consejo de Gobierno después de la publicación del acuerdo por el que se autoriza su creación. (b)
b) Los debe aprobar el consejero titular de la consejería interesada. (c)
c) Se elevarán a la Comisión Interdepartamental de Retribuciones. (d)
d) Deben elevarse al Consejo de Gobierno junto con la propuesta de acuerdo por la que se autoriza su creación. (a)
39. En las sociedades mercantiles públicas en las que la Administración de la comunidad autónoma sea titular del cien por cien del capital, las competencias de la junta general que de acuerdo con la legislación societaria corresponden al socio único, las ejercerá: (Tema: 9 - Preg.: 39)
a) El presidente de las Islas Baleares. (c)
b) El consejo de dirección. (d)
c) El Consejo de Gobierno. (a)
d) El consejero titular de la consejería interesada. (b)
40. El acuerdo de extinción de una fundación del sector público instrumental autonómico debe acompañarse: (Tema: 9 - Preg.: 40)
a) De los informes preceptivos y vinculantes de las consejerías competentes en materia de hacienda y presupuestos, en materia de fundaciones y en materia de función pública. (b)
b) De los informes preceptivos y vinculantes de las consejerías competentes en materia de hacienda y presupuestos y en materia de fundaciones. (d)
c) De los informes preceptivos de las consejerías competentes en materia de hacienda y presupuestos y en materia de función pública. (c)
d) De los informes preceptivos de las consejerías competentes en materia de hacienda y presupuestos, en materia de fundaciones y en materia de función pública. (a)
41. Indique la respuesta incorrecta. Los estatutos de los consorcios del sector público instrumental autonómico deben regular, como mínimo, los siguientes aspectos: (Tema: 9 - Preg.: 41)
a) Las retribuciones de los órganos unipersonales de dirección. (a)
b) Las especialidades del régimen presupuestario, de contabilidad, control y tesorería. (b)
c) La relación de miembros y los criterios de representación. (c)
d) La finalidad para la que se constituye. (d)
42. La Agencia Tributaria de las Illes Balears debe regirse: (Tema: 9 - Preg.: 42)
a) Por su legislación específica y supletoriamente por las disposiciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental aplicables a las entidades públicas empresariales. (d)
b) Por las disposiciones aplicables a los organismos autónomos. (b)
c) Por su legislación específica y supletoriamente por las disposiciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental aplicables a los consorcios. (c)
d) Por su legislación específica y, supletoriamente por las disposiciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental aplicables a los organismos autónomos. (a)
43. La Mesa General del Sector Público Instrumental Autonómico se constituye como órgano: (Tema: 9 - Preg.: 43)
a) De desarrollo de las condiciones de trabajo comunes que puedan afectar al personal del conjunto de los entes del sector público instrumental empresarial autonómico. (b)
b) De desarrollo de las condiciones de trabajo comunes que puedan afectar al personal del conjunto de los entes del sector público instrumental empresarial y fundacional autonómico. (c)
c) De desarrollo de las condiciones de trabajo comunes que puedan afectar al personal del conjunto de los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (a)
d) De desarrollo de las condiciones de trabajo comunes que puedan afectar al personal del conjunto de los entes del sector público instrumental administrativo y empresarial autonómico. (d)
44. La Mesa General del Sector Público Instrumental Autonómico se adscribe: (Tema: 9 - Preg.: 44)
a) En la consejería competente en materia de trabajo. (d)
b) En la conserjería competente en materia de hacienda y presupuestos. (b)
c) A la consejería competente en materia de función pública. (a)
d) A la consejero que tiene atribuida la secretaría del Consejo de Gobierno (c)
45. Previamente a la aprobación de la norma o del instrumento jurídico que determine la traslación de competencias o funciones entre entes del sector público instrumental autonómico y que afecte al régimen del personal se debe pedir: (Tema: 9 - Preg.: 45)
a) Un informe preceptivo a la consejería competente en materia de función pública. (c)
b) Un informe preceptivo y vinculante a la consejería competente en materia de función pública. (a)
c) Un informe preceptivo y no vinculante a la consejería competente en materia de función pública. (d)
d) Un informe preceptivo y vinculante a la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos. (b)
46. Cualquier procedimiento relativo a la determinación o modificación de las condiciones retributivas del personal de los entes del sector público instrumental autonómico debe ajustarse: (Tema: 9 - Preg.: 46)
a) En las instrucciones que dicte la Comisión Interdepartamental de Retribuciones. (b)
b) A las normas que contengan las leyes de presupuestos generales anuales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (a)
c) En las directrices que marque el órgano superior de gobierno del ente. (d)
d) En las directrices que marque la conserjería competente en materia de función pública. (c)
47. El consejo de administración, el patronato, la junta de gobierno o el órgano equivalente de los entes del sector público instrumental autonómico deben tener: (Tema: 9 - Preg.: 47)
a) Un mínimo de 6 miembros y un máximo de 13, según tipo de entidad. (d)
b) Un mínimo de 7 miembros y un máximo de 11, según el tamaño de la entidad. (c)
c) Un mínimo de 7 miembros y un máximo de 13, según la dimensión de la entidad. (a)
d) Un mínimo de 5 miembros y un máximo de 13 miembros. (b)
48. Con carácter general, la mayoría de los miembros de la junta de gobierno de los entes del sector público instrumental autonómico deben ser designados, directa o indirectamente: (Tema: 9 - Preg.: 48)
a) Por órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma o de entes del sector público instrumental. (a)
b) Por órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma. (b)
c) Por órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma u órganos de la Administración local. (d)
d) Por órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma, de entes del sector público instrumental u órganos de la Administración local. (c)
49. El ente del sector público instrumental pueden disponer de una gerencia, u órgano unipersonal equivalente: (Tema: 9 - Preg.: 49)
a) Para la gestión ordinaria del ente. (b)
b) Para la coordinación, y la evaluación de las actuaciones propias del ente. (c)
c) Para la dirección, la administración y la gestión ordinaria del ente. (a)
d) Para la dirección técnica y la programación del ente. (d)
50. Cuál de estas funciones no puede ser ejercida por el personal directivo profesional de los entes del sector público instrumental: (Tema: 9 - Preg.: 50)
a) La coordinación de las actuaciones propias del ente. (b)
b) La gestión ordinaria del ente. (a)
c) La programación de las actuaciones propias del ente. (c)
d) La dirección técnica de las actuaciones propias del ente. (d)
51. El personal directivo profesional de las entidades de derecho público tiene naturaleza funcionarial: (Tema: 9 - Preg.: 51)
a) En ningún caso. (b)
b) En los casos que tenga atribuidas funciones que impliquen la participación en el ejercicio de potestades administrativas. (a)
c) En los casos de los entes del sector público instrumental empresarial. (d)
d) En los casos en que lo determinen los estatutos del ente. (c)
52. Los entes del sector público instrumental autonómico están obligados a enviar la documentación y los estados contables necesarios para suministrar la información que permita conocer su situación económica financiera y patrimonial: (Tema: 9 - Preg.: 52)
a) A la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos, por medio de la consejería de adscripción. (a)
b) Directamente en la conserjería competente en materia de hacienda y presupuestos. (d)
c) En la consejería de adscripción. (b)
d) En la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears. (c)
53. Los entes incluidos en el sector público instrumental autonómico están sometidos al control: (Tema: 9 - Preg.: 53)
a) De eficacia y eficiencia, que debe ejercer la conserjería competente en materia de hacienda y presupuestos. (c)
b) De eficacia y eficiencia, que debe ejercer la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears. (d)
c) De eficacia y eficiencia, que debe ejercer la conserjería de adscripción. (a)
d) De eficacia y eficiencia, que deben ejercer conjuntamente la consejería de adscripción y la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos. (b)
54. Indique la respuesta incorrecta: (Tema: 9 - Preg.: 54)
a) Los entes que conforman el sector público instrumental autonómico quedan sometidos al control de la Intervención General. (c)
b) Los entes del sector público instrumental autonómico deben aplicar el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma. (a)
c) Los entes que conforman el sector público instrumental autonómico deben formular, aprobar y enviar a la Intervención General, junto con las cuentas anuales, una liquidación de su presupuesto. (d)
d) Las cuentas anuales de los entes del sector público instrumental autonómico deben enviarse a la Intervención General en los diez días posteriores a su formulación ya su aprobación. (b)
55. La coordinación y el control de la tesorería de los entes que integran el sector público instrumental autonómico debe llevarla a cabo de forma centralizada: (Tema: 9 - Preg.: 55)
a) La dirección general competente en materia de presupuestos. (b)
b) La dirección general competente en materia de tesorería o el órgano que, en su caso, se establezca reglamentariamente. (a)
c) La dirección general competente en materia de tesorería conjuntamente con la dirección general competente en materia de presupuestos. (c)
d) La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares. (d)
56. Los entes que integran el sector público instrumental autonómico deben tener un plan financiero anual: (Tema: 9 - Preg.: 56)
a) En los términos y condiciones que reglamentariamente se establezcan. (a)
b) En los términos y condiciones que se establezcan por ley. (b)
c) En los términos y condiciones que determine un Acuerdo del Consejo de Gobierno. (c)
d) En los términos y condiciones que fije el máximo órgano de dirección de cada ente (d)
57. Los entes que integran el sector público instrumental autonómico no pueden iniciar ningún tipo de actividad con efectos económico-financieros si no tienen: (Tema: 9 - Preg.: 57)
a) La autorización de su máximo órgano de dirección. (d)
b) Aprobada la relación de puestos de trabajo del ente. (c)
c) Aprobado el presupuesto del primer ejercicio. (a)
d) Nombrados todos sus órganos directivos. (b)
58. Es competente para resolver los procedimientos de revisión de oficio de los actos nulos respecto de los actos dictados por el órgano superior de dirección de los organismos públicos: (Tema: 9 - Preg.: 58)
a) La personal titular de la consejería de adscripción del ente. (a)
b) La Abogacía de la Comunidad Autónoma. (d)
c) El Consejo de Gobierno. (c)
d) La persona titular de la gerencia u órgano unipersonal equivalente del ente. (b)
59. Los órganos de dirección de los consorcios del sector público instrumental autonómico deben estar integrados por representantes de todas las entidades consorciadas: (Tema: 9 - Preg.: 59)
a) En la proporción que se determine en los respectivos estatutos. (a)
b) Con un miembro de cada una. (b)
c) En proporción a su extensión territorial. (c)
d) En proporción a las aportaciones hechas. (d)
60. El asesoramiento jurídico de los entes del sector público instrumental autonómico corresponde, en primer término: (Tema: 9 - Preg.: 60)
a) Al servicio jurídico de la consejería de adscripción. (d)
b) A una asesoría externa. (c)
c) A la Abogacía de la Comunidad Autónoma. (b)
d) Al personal propio que tenga atribuida esta función en la relación de puestos de trabajo. (a)
61. La extinción por desistimiento del empresario de los contratos de alta dirección de los entes del sector público instrumental autonómico da lugar, en su caso, a una indemnización no superior: (Tema: 9 - Preg.: 61)
a) A siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades. (a)
b) A diez días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades. Son siempre vinculantes. (b)
c) A siete días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de diez mensualidades. (c)
d) A doce días por año de servicio de la retribución anual en metálico, con un máximo de seis mensualidades. (d)